El 22 de julio, a las 23:10 horas, personal de la Seccional 1ª tomó conocimiento de una estafa cometida contra una mujer octogenaria en la ciudad de Maldonado.
La denunciante informó que recibió una llamada de un hombre que fingió ser su sobrino y, mediante la modalidad del “cuento del tío”, la convenció de retirar todo su dinero del banco, alegando un cambio en las cuentas. La mujer retiró la suma de $430.000 pesos uruguayos y U$S30.000 dólares americanos, dinero que, junto con varias joyas, entregó a un supuesto contador del Banco República.
Rápidamente, el personal de analítica del Centro de Comando Unificado se abocó al análisis de los registros fílmicos, los cuales resultaron claves para el esclarecimiento del hecho. El análisis permitió establecer que el indagado se desplazaba en una moto tipo PX de color verde y residía en el Barrio Cerro Pelado.
Personal de Hechos Complejos se encargó del procedimiento en busca del sospechoso. Mientras patrullaban por la calle 28, avistaron a un hombre en moto con características similares, quien fue intervenido tras intentar escapar.
El individuo fue identificado como D.L.C.G., de 20 años, a quien se le incautó un teléfono celular, U$S31 dólares y aproximadamente $21.800 pesos uruguayos. Fue derivado a la dependencia policial.
La Fiscalía Letrada de 3er Turno solicitó una orden de allanamiento a la Justicia competente. Con la orden en mano, se realizó una inspección en una vivienda ubicada en la calle Cerro de Punta Ballena, donde se incautaron prendas de vestir que el sospechoso utilizó durante el hecho.
Enterada la Fiscalía Letrada de 1ª Instancia, se dispuso la conducción del detenido a su despacho.
Finalizada la audiencia, el Juez Letrado de Maldonado de 11º Turno condenó a D.L.C.G. como autor penalmente responsable de un delito de estafa agravada a cumplir una pena de dieciocho meses de prisión. La condena se ejecutará en los siguientes términos: los primeros nueve meses serán de prisión efectiva y los restantes nueve meses serán sustituidos por un régimen de libertad a prueba de acuerdo con el art. 395 bis del Código de Proceso Penal. Durante el régimen de libertad a prueba, el condenado deberá cumplir las siguientes obligaciones:
1. Residir en el domicilio denunciado y no modificarlo sin previo aviso a la sede judicial.
2. Someterse a la orientación y vigilancia de la DINAMA.
3. Presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente a su domicilio.
4. Realizar servicio comunitario, según lo previsto en el art. 295 bis del Código de Proceso Penal, una vez por semana, durante dos horas diarias.