En una exposición escrita, presentada este miércoles en la Cámara de Representantes, el Diputado nacionalista por Maldonado Rodrigo Blás, solicitó elevar un pedido al Ministerio de Industria, al Ministerio de Ambiente y a la Dirección Nacional de Minería y Geología (DINAMIGE) para que se de por caducado, y no se otorgue, el permiso de una cantera de piedra en la zona de Pueblo Edén. Los fundamentos expresados por el Representante tienen que ver con preservar la zona como punto de residencia y como punto turístico de gran crecimiento y auge, además de preservar el entorno paisajístico.
Rodrigo Blás solicitó “la mayor atención” respecto a la posible habilitación para la cantera que ocupa varios padrones de la 4ª Sección de Maldonado, en un área de 56 hectáreas.
En ese sentido, recordó que por resolución 659/2019 del 6 de mayo de 2019, se concedió Autorización Ambiental Previa y Autorización Ambiental de Operación a SADARIL S.A y remarcó que respecto a esa autorización deben considerarse algunos elementos que catalogó como fundamentales. En primer lugar, que pasados dos años no ha habido inicio de obras por lo que dicha autorización se encuentra vencida, no pudiendo ser utilizada para gestión, obra o tramite alguna y debiendo SADARIL S.A. iniciar nuevos procedimientos de autorización ambiental, según lo establece el numeral segundo de la referida resolución.
En segundo término, debe considerarse que en la autorización antedicha se obvió el requisito de la publicación en el medio de la localidad más cercana que dispone el artículo 15 inc. 2 del Decreto 349/005, pero, además, se omitió que la zona donde se ubica la posible cantera es zona de protección paisajística que como tal es ámbito de régimen especial de gestión con prioridad ambiental, definidas con objeto de proteger la vegetación y valores de recursos naturales.
Por otra parte, Blás sostuvo que el desarrollo armónico de la zona de “El Edén” en los últimos años ha llevado a un desarrollo turístico y de residencia natural con la instalación de hoteles de campo, posadas, bodegas y múltiples caseríos de residencia permanente que no se observan compatibles con el volumen proyectado de desarrollo de una actividad industrial.
De igual forma, la posibilidad de usos de explosivos para el funcionamiento de la cantera pone el peligro la integridad no solo del entorno sino también de las personas que habitan el lugar.
“Nuestro país ha seguido y tiene un absoluto compromiso nacional e internacional hacia la consagración de distintos mecanismos de participación ciudadana y acceso a la información en lo concerniente a cuestiones ambientales, a cuestiones que hacen al compromiso y responsabilidad que hacen a la protección del medio ambiente”, expuso.
“Esta tendencia se viene reflejando en el ordenamiento jurídico interno uruguayo; los distintos instrumentos jurídicos vienen consagrando la posibilidad que los distintos actores sociales tengan derecho a participar en las tomas de decisiones en lo que hace a las cuestiones ambientales, a la protección del Medio Ambiente, teniendo libertad de acceso de información y transparencia en gestiones ambientales, extremo que no se cumplió en la referida autorización, vencida en nuestro concepto”.
Blás reafirmó que “la protección del medio ambiente, es un derecho constitucional, expresamente regulado en el artículo 47 de la Carta y de esta norma se desprende que se trata de un asunto, de interés general y nacional, así como también lo es la prevención de todo impacto ambiental. En esta situación no se previó la realización de una audiencia pública, dijo.
Por estas razones, pidió que los organismos receptores del planteo “tengan en cuenta los extremos invocados dando por vencida la autorización otorgada en 2019 debiendo SADARIL S.A. iniciar un nuevo trámite en el cual se deberán tener en cuenta los extremos que fueron obviados por la pasada administración”, cumpliéndose con todas las legalidades correspondientes y estando la posible nueva autorización sujeta a esas resultancias.
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