Resolución de la Intendencia cancela licitación en Cerro San Antonio

Resolución de la Intendencia cancela licitación en Cerro San Antonio

El 6 de noviembre de 2024, el Tribunal de Cuentas realizó observaciones sobre la Licitación Pública N.º 1001/2023, relacionada con la instalación, reparación y explotación comercial del servicio de aerosillas y snack bar en el Cerro San Antonio de Piriápolis.

Antecedentes:

  • La Junta Departamental de Maldonado había otorgado anuencia en agosto de 2022 para dicha licitación por un período de 10 años.
  • En septiembre de 2023, el Intendente aprobó los pliegos y la memoria descriptiva. Sin embargo, la empresa LOGIZUR GROUP S.A.S. presentó un recurso contra el llamado, que fue desestimado.

Proceso licitatorio:

  • Se presentaron dos oferentes: LOGIZUR GROUP S.A.S. y la empresa LEANDRO REYNA-ADRIANA PICÚN S.R.L.
  • La Comisión Asesora de Adjudicaciones evaluó las ofertas, declarando inadmisible la propuesta de LOGIZUR por no ajustarse a los requisitos de los pliegos. Por otro lado, permitió la subsanación de irregularidades menores en la oferta de LEANDRO REYNA, considerándola admisible.
  • Finalmente, la licitación fue adjudicada a LEANDRO REYNA por un canon anual de $U 800.000 para aerosillas y $U 800.000 para el servicio de alimentación.

Observaciones del Tribunal de Cuentas:

  • Se cuestionó la falta de criterios claros para la asignación de puntajes en ciertos factores de ponderación, lo que vulneraría el principio de igualdad entre oferentes.
  • Se señaló que tanto LOGIZUR como LEANDRO REYNA incurrieron en irregularidades similares en sus propuestas. Sin embargo, solo a LOGIZUR se le declaró inadmisible, lo que podría constituir trato desigual.
  • Se criticó la extensión de plazos otorgados a LEANDRO REYNA para subsanar defectos, contraviniendo el TOCAF, que establece un plazo máximo de dos días hábiles.

Resolución final:
El Intendente de Maldonado, considerando las observaciones del Tribunal de Cuentas, resolvió:

  1. Aceptar las observaciones mencionadas.
  2. Revocar la adjudicación realizada a LEANDRO REYNA y anular el llamado a licitación.
  3. Comunicar a las direcciones pertinentes y remitir el caso al Tribunal de Cuentas.

 

 

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