Precios de los combustibles aumentan desde octubre: la nafta sube 2% y el gasoil 7%

Precios de los combustibles aumentan desde octubre: la nafta sube 2% y el gasoil 7%

El Poder Ejecutivo informó los nuevos precios de los combustibles que regirán a partir de octubre, con ajustes que se ubicarán muy por debajo de la referencia internacional. El Gobierno resolvió aumentar 2% (1,8 pesos por litro) el precio de la nafta y 7% (4 pesos por litro) el del gasoil, mientras que el precio del supergás se mantendrá sin cambios.

Los nuevos precios máximos, vigentes desde el 1° de octubre, son los siguientes: la nafta Súper costará 90,45 pesos por litro; el gasoil 50S, 62,79 pesos por litro; y el supergás (GLP), 93,56 pesos por kilogramo.

Según informó el Poder Ejecutivo, los precios de venta al público de referencia calculados por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) para octubre se ubican en 93,56 pesos por litro para la nafta Súper y 80,54 pesos para el gasoil 50S. Trasladar esos valores directamente a los surtidores hubiera implicado aumentos de 5,5% y 37%, respectivamente. Sin embargo, el Gobierno decidió aplicar un ajuste menor, de 2% y 7%, respectivamente.

De esta forma, mientras los precios de referencia indicarían un incremento de 5 pesos por litro de nafta Súper y 22 pesos por litro de gasoil 50S, el ajuste definido finalmente fue de 1,8 pesos y 4 pesos por litro, respectivamente.

La decisión se enmarca en la estrategia que el Poder Ejecutivo lleva adelante desde abril, orientada a amortiguar en el mercado interno las variaciones provocadas por los precios internacionales del petróleo y sus derivados, a raíz del conflicto en Medio Oriente.

El ajuste se da en un contexto de nueva suba de los precios internacionales de gasolina y gasoil durante este mes, con valores de referencia que se ubican por encima de los registrados al inicio del conflicto bélico, tensiones en la oferta de gasoil, y un precio del petróleo que se consolidó por encima de los 90 dólares por barril. Ante este panorama, el Gobierno mantiene su política de no trasladar íntegramente esas variaciones al mercado local, realizando ajustes graduales para dar estabilidad a los consumidores.

Para la fijación de los precios de los combustibles en Uruguay se aplica la metodología establecida por el decreto n.° 130/025, que toma como referencia internacional el precio de paridad de importación (PPI), informado mensualmente por la Ursea. Dicha normativa prevé, en su artículo 5, la posibilidad de exceptuar su aplicación en situaciones como la actual, configurada desde el inicio del conflicto en Medio Oriente.

En ese marco, desde abril el Poder Ejecutivo, junto con Ancap, evalúa mensualmente los escenarios más probables en función de las proyecciones de los precios internacionales. Para definir los precios del mercado interno, se consideran diversas variables, entre ellas la evolución de las cuentas del ente en el mediano plazo y la capacidad de garantizar el abastecimiento de combustibles.

A diferencia de los dos meses anteriores, en los que —pese a que la referencia indicaba una suba— se optó por mantener los precios sin cambios, en octubre el Gobierno resolvió aplicar un incremento tanto en la nafta como en el gasoil. La decisión surge del análisis de los escenarios de precios internacionales de corto plazo y de la proyección de la caja de Ancap para los próximos seis meses, que evidencian la necesidad de un ajuste al alza, aunque significativamente menor al que indican las referencias internacionales. La capacidad de refinación de Ancap, según se explicó, permite sostener esta estrategia de amortiguación.

Respecto a la metodología de cálculo, se explicó que, para comprender la evolución de los precios del mercado interno durante este período de excepción, resulta más apropiado considerar el precio de venta al público de referencia (PVP de referencia) publicado por la Ursea, y no únicamente el PPI. Esto se debe a que el PPI representa solamente el precio estimado del combustible puesto en planta de distribución de Ancap, mientras que el PVP de referencia incorpora además otros componentes de la cadena, como la distribución, los impuestos y el factor de ajuste o estabilización previsto en la normativa vigente.

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