Dos personas fueron condenadas por dos hurtos a un comercio de Pan de Azúcar

Dos personas fueron condenadas por dos hurtos a un comercio de Pan de Azúcar

Dos personas fueron condenadas por la Justicia como responsables de dos delitos de hurto agravados, cometidos en un comercio ubicado en calle General Fructuoso de Rivera, en Pan de Azúcar.

El primer hecho fue denunciado el 7 de setiembre, cuando el propietario del comercio se presentó en una dependencia policial e informó sobre el hurto.

Según manifestó, un hombre y una mujer ingresaron al local y sustrajeron diversos productos, entre ellos comestibles, una botella de whisky y artículos de higiene personal. El valor de lo hurtado fue estimado en 2.500 pesos uruguayos.

Personal de la Seccional 3.ª asumió la investigación y logró identificar a los presuntos autores como F.S.M.T., de 32 años, y L.M.M.V., de 35 años, ambos sin antecedentes penales.

De acuerdo con la investigación, los dos también eran indagados por otro hurto ocurrido en el mismo comercio.

Informada la Fiscalía Letrada de 1.º Turno, se solicitó la requisitoria de ambos.

El 16 de setiembre, al mediodía, efectivos de la Seccional 3.ª realizaban un patrullaje preventivo por la zona de Tala y Enrique Brum, cuando visualizaron a los requeridos y procedieron a interceptarlos.

Ambos fueron trasladados a dependencias policiales. Posteriormente, por disposición de la Fiscalía, fueron conducidos a su sede para la correspondiente indagatoria.

Finalizada la instancia fiscal, el Juzgado Letrado de 4.º Turno dispuso la condena de ambos como autores penalmente responsables de dos delitos de hurto agravados, en régimen de reiteración real entre sí.

La pena establecida fue de 13 meses de prisión, sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo.

Entre las obligaciones impuestas se estableció residir en el domicilio denunciado, someterse a la orientación y vigilancia de la DINAMA, presentarse una vez por semana en la seccional correspondiente y realizar servicio comunitario.

También se dispuso la prohibición de comunicación y acercamiento hacia la víctima en un radio de 100 metros.

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