Caso Penadés | se mantiene la reserva de la identidad de las víctimas

Caso Penadés | se mantiene la reserva de la identidad de las víctimas

El Tribunal de Apelaciones que analizaba el pedido de los abogados defensores de Gustavo Penadés y Sebastián Mauvesin resolvió mantener la reserva de las identidades de los denunciantes.

El Tribunal de Apelaciones que analizó el escrito presentado por los defensores de Gustavo Penadés y Sebastián Mauvezín resolvió este jueves mantener la reserva de las identidades de las víctimas, de acuerdo a lo informado por Montevideo Portal.

Como consecuencia de esto, los denunciantes -con excepción de Romina Celeste, la primera- declararán bajo reserva, cosa que según Javier Vega y Juan Carlos Fernández Lecchini, abogados de los denunciados, les hace imposible elaborar una teoría del caso. 

La fiscal Alicia Ghione argumentó por su parte que hay normas nacionales e internacionales que respaldan su decisión. A su vez, explicó que era peligroso para la integridad de los denunciantes, sobre todo porque hubo casos que no presentaron el reclamo formal tras recibir amenazas. 

El próximo paso sería que la fiscal haga la acusación y, en caso de haber elementos, pida la imputación, para ir a juicio oral y público.

El tribunal remarcó que, según su criterio, “el pleno ejercicio de la defensa alude por sobre todas las cosas al contenido de las declaraciones, a los detalles fácticos, a su ubicación en tiempo y espacio”.

Los integrantes del tribunal consideraron en su resolución -de acuerdo a lo difundido por Montevideo Portal– que “no es exacto que el derecho de defensa solo se vea honrado a través de un interrogatorio directo, conociendo la identidad y sin distorsión de la voz de las víctimas de delitos sexuales”.

“En efecto, cuando se trata de encuentros sexuales casuales, azarosos, como lo puede ser eventualmente la invitación a subir a un vehículo a una persona que se encuentra en un parque, la identidad no aparece en principio como un elemento relevante o trascendente pues la lógica indica que en tales circunstancias no se le requiera a la persona un documento que la acredite y a su vez la víctima puede o no aportar su verdadera identidad”, explica la sentencia.

UyPress 

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