Allanamiento en Aznárez culminó con dos condenados

Allanamiento en Aznárez culminó con dos condenados

Continuando con el caso del pasado 10 de febrero, en el cual se informó sobre la condena de Gustavo Nicolás Arriola Clavijo a tres años de prisión como autor penalmente responsable de un delito de negociación de sustancia estupefaciente prohibida, en las últimas horas la Brigada Departamental Antidrogas continuó la investigación bajo la órbita de la Fiscalía de 4to Turno, quien dispuso un allanamiento en el domicilio de Gustavo Adolfo Cabovianco Llamosa de 26 años, en la localidad de Gregorio Aznárez.

Allí se incautaron seis cartuchos de calibre 38 y la suma de 17.660 pesos uruguayos así como la detención del mismo.

A su vez, en la investigación fue vinculado Mauricio Casanova Toledo de 24 años quien se encuentra privado de libertad en el Instituto Nacional de Rehabilitación de Maldonado (Por hurto de motos, informado en un comunicado emitido el 03 de febrero).

Enterada la Fiscalía actuante dispuso la conducción de ambos hombres a la Sede Letrada.

Realizada la instancia en el Juzgado Penal de 11° Turno, fue dispuesta la condena de:

Gustavo Adolfo Cabovianco Llamosa como autor penalmente responsable de un delito previsto en el art.31 del Decreto Ley 14.294 en la modalidad negociación en reiteración real con un delito de tráfico interno de municiones, a la pena de tres (3) años de penitenciaría efectiva.

– Mauricio Casanova Toledo como autor penalmente responsable de un delito continuado de suministro de estupefacientes (art. 34 del Decreto Ley 14.294) a la pena de dos (2) años de penitenciaría efectiva. Pena que comenzará a cumplir cuando finalice la que actualmente cumple por otra causa.

Antecedentes de Gustavo Adolfo Cabovianco Llamosa

04/08/2021   autor de un delito de receptación y un delito de uso de documento público falso, sin prisión.

Antecedentes de Mauricio Casanova Toledo

02/02/2022      dos delitos de hurto especialmente agravados en reiteración real, con prisión.           

23/08/2021      autor penalmente responsable de dos delitos de receptación agravados,sin prisión.   

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