Ministerio de Ambiente Intima a OSE Pan de Azúcar a corregir vertidos en el Arroyo Tarariras por contaminación de cianobacterias

Ministerio de Ambiente Intima a OSE Pan de Azúcar a corregir vertidos en el Arroyo Tarariras por contaminación de cianobacterias

Se evidencia que la descarga de la PTAR OSE Pan de Azúcar es una de las causas de afectación
a la calidad de agua en el arroyo Tarariras.

La planta de tratamiento de aguas residuales de OSE en Pan de Azúcar fue intimada a corregir sus vertidos sobre el arroyo Tarariras después de recibir una denuncia en el Ministerio de Ambiente. La denuncia se presentó debido a la presencia de cianobacterias en la desembocadura del arroyo Tarariras, específicamente en Playa Verde.

La denuncia llegó al Ministerio de Ambiente el 27/03/2023 y fue presentada contra OSE Pan de Azúcar (Exp. 2023/36001/003957). Describía la presencia de una coloración verdosa (cianobacterias) desde marzo de 2023 en la desembocadura del arroyo Tarariras, ubicado en Playa Verde, Las Flores, y que actúa como límite entre los municipios de Piriápolis y Solís Grande, en el departamento de Maldonado, Uruguay. La situación se ha agravado debido a la sequía, afectando a los pobladores de la zona.

Las investigaciones revelaron que la planta de tratamiento de aguas residuales de OSE Pan de Azúcar descarga sus efluentes en el arroyo Tarariras, aproximadamente a 7 km de su desembocadura. Además, OSE no presentó informes de monitoreo del curso de agua durante el IAO 2021, argumentando que el arroyo es intermitente y la mayor parte del tiempo presenta agua estancada. Sin embargo, los muestreos de efluentes de la planta evidenciaron valores altos de DBO5, Fósforo y Nitrógeno, lo que sugiere que la descarga de la PTAR OSE Pan de Azúcar es una de las causas de la afectación en la calidad del agua del arroyo Tarariras.

En el expediente de control y seguimiento de OSE Pan de Azúcar (Exp. 2015/14000/08109), se encuentran diversas actuaciones de DINACEA previas a la denuncia, con el objetivo de garantizar el cumplimiento de los estándares de vertido establecidos en el decreto 253/79.

Con base en lo mencionado anteriormente, el Departamento Control Ambiental de Actividades ha presentado un informe de referencia (número 47, con fecha 19/05/2023) a la Dirección Nacional, sugiriendo las siguientes medidas:

  1. Intimar a OSE a presentar, en un plazo de 3 meses, modificaciones al proyecto de ingeniería en un formulario SAD, acorde a los caudales y cargas actuales.
  2. Intimar a OSE a presentar, en un plazo de 2 meses, medidas transitorias que deberán implementarse antes de la próxima temporada estival.
  3. Informar a OSE que podría ser sancionada con 300 U.R. por haber superado reiteradamente, entre enero de 2021 y marzo de 2023, los parámetros de vertido establecidos en el artículo 11 del decreto 253/79 para DBO5, Pt, SST y Coliformes Fecales. DINACEA ya ha proporcionado a OSE el informe de referencia 47 el 30/05/2023.
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