El juez de primera instancia Federico Rodríguez desestimó el recurso de amparo solicitado por quienes aducen ser propietarios de casas en Punta Colorada y cuya demolición la IDM ya había encaminado luego de un largo proceso.
La familia González había presentado esta acción de amparo para que se evitara la demolición de casas construidas en espacio público.
Los demandantes no se presentaron este jueves en la audiencia.
La sentencia recoge que el 7 de noviembre de 2023 fueron notificados por parte de la IDM en el sentido que se procedería con la demolición de los inmuebles.
Da cuenta que los promotores interpusieron recursos administrativos que fueron denegados, así como una acción de nulidad en el TCA que se encuentra en trámite y pendiente de resolución.
Al interponer esta acción de amparo el juez Rodríguez Luzardo hizo lugar el 13 de noviembre a la medida provisión solicitada por los demandantes disponiendo la prohibición de demoler a la IDM durante la tramitación del proceso y hasta la existencia de sentencia ejecutoria, cosa que hoy dictó.
En la misma, el magistrado se acoge a la excepción de cosa juzgada, con respecto a los demandantes y se acoge a las excepciones de falta de legitimación activa y pasiva.
Cosa juzgada deviene de que quienes se atribuyen el derecho de propiedad ya promovieron un proceso de amparo tendiente a la suspensión de las demoliciones en cuestión y que su pretensión fue desestimada en primera y segunda instancia.
Asimismo, desestima de demanda en todos sus términos.
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