Cerca de las 23:16 horas del 29 de septiembre, el personal de emergencias 9-1-1 fue informado sobre un hurto en la Escuela Nº 79, ubicada en la calle Sucre, en la ciudad de Maldonado.
Al lugar acudió personal de URPM II y Policía Científica, quienes entrevistaron a la denunciante. Ella declaró que desconocidos habían ingresado al centro educativo, causando daños y robando diversos objetos, entre ellos: un televisor, un microondas, un acordeón infantil, una lámpara, una radio, vajilla, una laptop, un parlante, dinero y una jarra eléctrica.
Durante la madrugada del 30 de septiembre, en el marco de un operativo en curso, personal del Grupo de Respuesta Táctica (GRT) que circulaba por la calle Manuel Freire avistó una motocicleta con dos ocupantes que intentaron darse a la fuga. Con el apoyo de un móvil de la Guardia Republicana y de la Seccional Sexta, los individuos fueron detenidos en la Avenida de los Gauchos.
Los ocupantes de la moto, dos hombres identificados por sus iniciales, C.J.DS.L., de 38 años, y J.D.S.M., de 26 años, con antecedentes penales, fueron detenidos. Se les incautaron varios objetos, incluyendo un televisor, una radio, un acordeón infantil, un parlante, dos tazas, una lámpara, y la motocicleta, que había sido denunciada como robada el 24 de agosto. Ambos fueron trasladados al Área de Investigaciones de la Zona Operacional N.º 2, donde continuaron las actuaciones.
La Fiscal Dra. Ana Roses, de la Fiscalía Letrada de 3er. Turno, fue informada del caso e impartió directivas, solicitando la conducción de los detenidos a su despacho para la indagatoria. Tras la audiencia en el Juzgado Letrado de 11er. Turno, se dictaminó lo siguiente:
J.D.S.M. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de receptación agravada, mientras que C.J.DS.L. fue condenado como autor de dos delitos de receptación, uno de ellos agravado, en régimen de reiteración real entre sí. Ambos deberán cumplir una pena de 8 meses de prisión, la cual, de acuerdo con el artículo 295 bis del Código del Proceso Penal, será sustituida por un régimen de libertad a prueba por igual plazo. Las obligaciones que deberán cumplir incluyen:
- Arresto domiciliario nocturno de 22:00 a 06:00 horas durante los primeros dos meses.
- Residir en el domicilio denunciado.
- Someterse a la orientación y vigilancia de la DINAMA.
- Presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente.
- Prestar servicio comunitario una vez por semana, dos horas diarias, durante todo el periodo de la condena.