Dos hombres fueron condenados por la Justicia tras ser intervenidos cuando transportaban aproximadamente 50 metros de cable del alumbrado público y varias herramientas en sus mochilas, en la zona de la Ruta Perimetral, a la altura de El Jagüel.
El procedimiento se realizó en la tarde del 22 de octubre, luego de que el Servicio de Emergencias 9-1-1 recibiera un llamado que alertaba sobre dos hombres que estarían hurtando cableado.
Funcionarios en moto del Programa de Alta Dedicación Operativa de la Zona Operacional II concurrieron al lugar tras las comunicaciones emitidas por el Centro de Comando Unificado. Los efectivos se encontraban realizando tareas de patrullaje preventivo en el marco del Operativo Impacto e intervinieron a los sospechosos.
Los detenidos fueron identificados como Hernán Vega Sánchez, de 31 años, quien tenía un antecedente, y B.G.R.P., de 26 años, sin antecedentes. Ambos fueron trasladados a una dependencia policial en un patrullero de la Unidad de Respuesta Policial Móvil II.
Enterada la Fiscalía Letrada de 1.er Turno, dispuso que los indagados fueran conducidos a su sede para continuar con las actuaciones.
Tras la audiencia en Fiscalía, en la tarde del 23 de octubre, ambos comparecieron ante el Juzgado Letrado de 4.º Turno, que dispuso las siguientes condenas:
Hernán Vega Sánchez fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado, en régimen de reiteración real con un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa, a 24 meses de prisión de cumplimiento efectivo. La pena tendrá el descuento del tiempo de detención y de la medida cautelar sufrida. También deberá cumplir las obligaciones previstas en los literales d y e del artículo 105 del Código Penal.
B.G.R.P., por su parte, fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado a 18 meses de prisión, con descuento del tiempo de detención. La pena fue sustituida por un régimen de libertad a prueba por el mismo plazo.
Como parte de las condiciones impuestas, deberá residir en el domicilio declarado, someterse a la orientación y vigilancia de la DINAMA y presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente a su domicilio.
Además, deberá realizar tareas de servicio comunitario una vez por semana, durante dos horas por jornada, por un plazo máximo de 10 meses, de acuerdo con lo establecido en el artículo 295 bis del Código del Proceso Penal.
Leave a comment








