El día 11 de diciembre, a las 14:45 horas, el servicio de emergencias 9-1-1 fue alertado de que, en las calles Ituzaingó y Emmanuele De Vizio de la ciudad de San Carlos, dos funcionarios policiales en horas francas habían detenido a una persona armada.
Al lugar concurrió personal de URPM e Investigaciones de la Zona Operacional III, quienes se entrevistaron con los funcionarios policiales. Estos manifestaron que, mientras circulaban en su vehículo particular, avistaron una camioneta conducida por un hombre requerido por la Unidad de Violencia Doméstica y de Género de Piriápolis. Al identificarse como policías e intentar intervenir, el sujeto se dio a la fuga.
Tras un seguimiento de varias cuadras, el conductor perdió el control de su vehículo, sufriendo un siniestro de tránsito sin intervención de terceros en la intersección de las calles Los Talas y Alvariza. En ese momento, procedieron a detenerlo, identificándolo como Bruno Fermín Sosa Gómez, de 26 años y con antecedentes penales.
Durante el rastrillaje realizado por personal policial, se ubicó un revólver a pocos metros del lugar. Según se constató, el arma había sido retirada del vehículo accidentado por una mujer que presenció la escena. Esta fue detenida y trasladada a dependencias policiales.
El arma de fuego recuperada fue documentada por personal de Policía Científica, quien verificó que había sido reportada como extraviada en 2019 en el departamento de Rivera. Los detenidos fueron llevados a las dependencias de Investigaciones de la Zona Operacional III, que se hicieron cargo del procedimiento.
Tras ser informada, la fiscal letrada de 4° Turno de Maldonado dispuso que el hombre fuera conducido a su fiscalía para ser indagado, mientras que la mujer recuperó su libertad.
Finalizada la instancia de indagatoria, se celebró una audiencia en el Juzgado Letrado de 11° Turno de Maldonado, donde se condenó a Bruno Fermín Sosa Gómez como autor penalmente responsable de un delito de tráfico interno de arma de fuego y municiones, un delito de porte de arma de fuego en lugares públicos, y un delito de porte de arma de fuego por reincidente, todo en régimen de reiteración real entre sí. La pena establecida fue de diez (10) meses de prisión. Además, se dispuso la entrega del arma incautada a su propietario.
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