El Magistrado Penal de Turno de la ciudad de San Carlos dispuso la condena de dos hombres de 44 y 27 años de edad, como autores penalmente responsables de un delito de tráfico interno de armas y municiones en reiteración real con un delito de caza abusiva, a la pena de nueve meses de prisión con descuento del tiempo de detención sufrido, pena que deberán cumplir los condenados en régimen de libertad vigilada, Imponiéndoles:
a) la obligación de fijar domicilio y/o residencias,
b) estar bajo la vigilancia y supervisión de la OSALA,
c) desempeñarse laboralmente en oficio o profesión de acuerdo a su edad y condición,
d) la obligación de presentarse ante la seccional policial de su domicilio una vez por semana,
e) y la prohibición de uso o porte de armas,
El domingo en horas de la tarde la policía fue alertada mediante un llamado al Servicio de Emergencias 911, sobre la presencia de cazadores furtivos en inmediaciones de camino vecinal, en el paraje Sierras de Garzón, jurisdicción del Distrito III.
En el lugar fueron intervenidos los ahora condenados, que llevaban dos animales que no se pueden cazar en Uruguay y dos rifles.
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