Actualización de criterios para el testeo y manejo del aislamiento y cuarentena por COVID-19

Actualización de criterios para el testeo y manejo del aislamiento y cuarentena por COVID-19
Atento a la aparición de nuevas variantes de SARS-Cov-2 y la actualización permanente de la información científica a nivel mundial respecto a su comportamiento, es necesario adaptar en forma dinámica las recomendaciones sobre las medidas de prevención y control del asilamiento y cuarentena dirigidas a mitigar el impacto de COVID-19. En este contexto, se realizan las siguientes recomendaciones que se detallan para el testeo y la toma de decisiones en relación a la duración y criterios de levantamiento del aislamiento, así como los criterios de recuperado desde el punto de vista epidemiológico en algunas situaciones especiales en el contexto epidemiológico actual.
 
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Situaciones especiales

  • En los casos de personas con inmunodepresión demostrada (inmunodeficiencia primaria o secundaria a enfermedades –VIH, linfopatías, etc- o a tratamientos –quimioterapia, inmunosupresores, corticoides en dosis moderadas) el plazo de aislamiento se podrá extender a 21 días (en estas situaciones la eliminación viral suele ser más prolongada)

  • En el caso de los pacientes hospitalizados con cuadros severos o críticos la extensión se podrá prolongar hasta los 28 días.

Así mismo exhortamos tener presente que:

Todo caso confirmado, independientemente de la cantidad de días en la que realice aislamiento, deberá continuar utilizando mascarilla facial siguiendo las recomendaciones realizadas por este Ministerio (*) especialmente hasta completar los 14 días desde el inicio de síntomas o desde la fecha de positividad (en los asintomáticos) así como evitar la concurrencia a áreas con aglomeración de personas sin condiciones de ventilación adecuadas.(*) https://www.gub.uy/ministerio-salud-publica/comunicacion/noticias/uso-m…

Los casos con RT-PCR positivos, correspondientes a IRAG, Brotes o viajeros deberán continuar enviándose a secuenciación con el procedimiento vigente hasta la fecha.

Definición de Comunidad Cerrada

Todo grupo de personas que comparten un lugar físico y/o una actividad en común con características de mayor riesgo de exposición a COVID-19 y/o donde no es posible asegurar las medidas de protección o ventilación adecuadas, por lo que el riesgo de ocurrencia de brote es mayor.

En estos casos la definición de contacto directo será analizada en cada situación teniendo en cuenta las características de esa comunidad.

Para realizar esta evaluación, podrá contar con la colaboración de los integrantes del Sistema de Vigilancia Epidemiológica donde se da la situación.

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