Condenado a diez meses de prisión por desacato y destrucción de dispositivo de monitoreo electrónico

Condenado a diez meses de prisión por desacato y destrucción de dispositivo de monitoreo electrónico

El 3 de octubre, alrededor de las 02:50 horas, los operadores de la Dirección de Monitoreo Electrónico (DI.MO.E.), encargados de supervisar desde el Centro de Comando Unificado a los ofensores de violencia doméstica y de género, fueron alertados de la falla de un dispositivo de rastreo, aparentemente dañado. Ante esto, se envió personal policial al lugar donde se había registrado su última localización.

Agentes de la Unidad de Respuesta Policial Móvil (URPM) de la Zona Operacional II se dirigieron a Rambla Williman y Brasilia, en la parada 23 de la Playa Mansa, donde se creía que el ofensor podría encontrarse. En la zona de la playa, localizaron a Jonathan Javier Mena Benítez, de 33 años, quien ya contaba con antecedentes penales. Al ser interrogado sobre el dispositivo de rastreo, no pudo explicar su paradero ni cómo había sido dañado, por lo que fue detenido y trasladado a la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y de Género (C.E.V.D.G.) de Maldonado.

Una vez en la dependencia policial, se constató que Mena Benítez había violado en reiteradas ocasiones las órdenes judiciales de alejamiento hacia su expareja y que previamente había dañado otro dispositivo de rastreo. Informada la fiscal especializada en violencia de género, doméstica y sexual de San Carlos, Dra. Fiorella Marzano, dispuso que el detenido fuera trasladado a la fiscalía junto con los informes sobre los incumplimientos.

El 4 de octubre, tras ser interrogado en fiscalía, se celebró una audiencia en el Juzgado Letrado Especializado en Violencia de Género, Doméstica y Sexual de 4º Turno de San Carlos. Jonathan Javier Mena Benítez fue condenado como autor penalmente responsable de reiterados delitos de desacato agravado en régimen de reiteración real, junto con un delito de retiro o destrucción de medios o dispositivos electrónicos, imponiéndosele una pena de diez (10) meses de prisión efectiva.

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