Designan funcionario para seguimiento de gestiones en el Parque Industrial

Designan funcionario para seguimiento de gestiones en el Parque Industrial

El Municipio de Pan de Azúcar acordó que una persona sea la encargada de recepcionar y encaminar los trámites propeustos para el desarrollo.

Fue aprobado por unanimidad en el Acta 090 del pasado 3 de mayo, recogiendo una propuesta del intendente Enrique Antía.

El nuevo régimen de Parques Industriales y Parques Científico-Tecnológicos aprobado por la Ley 19.784 apunta a fortalecerlos como instrumentos de desarrollo en el territorio nacional.

Ampliación de rubros de actividad, eliminación de restricciones, foco en la interacción entre agentes tradicionales, innovadores y generadores de conocimiento y mayores beneficios,  son algunos de los cambios incluidos.

Este nuevo régimen se adapta a los cambios experimentados en los últimos 15 años, a la luz de la evolución de las formas productivas y en particular, la expansión de fronteras de la actividad industrial no contempladas en la norma de 2002.

Esta Ley no sólo incluye la figura de Parques Industriales establecida por el régimen anterior, sino que introduce la de los Parques Científico-Tecnológicos, con algunos requisitos diferenciales; entre ellos en lo referente a la infraestructura necesaria y tipo de usuarios a establecerse, como instituciones de investigación, innovación conocimiento aplicado, junto a empresas o emprendimientos innovadores.

Como cambio fundamental, atendiendo a la nueva realidad productiva mencionada, se amplía el rango de actividades que pueden realizar los usuarios de Parques.

Además de la industria manufacturera y algunos servicios conexos, podrán ser usuarios, las empresas de servicios en rubros tales como TICS, audiovisual, diseño, servicios biotecnológicos, servicios logísticos, entre otros.

Por otra parte, se refuerzan los estímulos fiscales a otorgar a los instaladores de Parques Industriales y Parques Científico-tecnológicos, quedando recogido por ley la posibilidad de un diferencial positivo para aquellos emprendimientos que sean usuarios de los mismos, respecto al régimen general de promoción de inversiones.

De esta manera, se sientan las bases para que existan condiciones más beneficiosas para la provisión de bienes y servicios públicos a los Parques.

En el mismo sentido de aportar al atractivo y beneficios que representa instalarse en un Parque, se establece que, con todas las garantías necesarias, el establecimiento pueda proveer desde si mismo y de forma centralizada, determinados servicios o infraestructuras, como por ejemplo, un comedor a los trabajadores de las empresas.

La normativa actualizada determina un régimen transitorio por el cual los parques ya instalados, como el de Pan de Azúcar, se puedan acoger de forma de incorporar los beneficios así como las obligaciones correspondientes.

La reglamentación de esta Ley se encontraba en proceso de intercambio entre distintos actores. 

En una visita a Maldonado el subsecretario de Industria, Energía y Minería Walter Verri, dijo en referencia al Parque Industrial de Pan de Azúcar que se hace “necesaria una adecuación de la normativa municipal”.

Se refirió al Decreto  3538 Bis del 21 de noviembre de 1986 de la Junta Departamental de Maldonado que requiere de actualización.

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