Nueva normativa del Ministerio de Industria, Energía y Minería facultó a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (Ursec) a adoptar medidas sancionatorias y preventivas en casos de difusión de servicios o señales audiovisuales a través de internet o redes similares, con fines comerciales, no legitimadas para esos fines. El objetivo del Estado respecto a esta iniciativa es velar por la protección del trabajo intelectual y los derechos de autor.
El decreto emitido el 25 de octubre se concibió para eliminar la difusión de señales de televisión emitidas a través de internet o redes similares, con fines comerciales no autorizados, que infringen las leyes 9.739, de propiedad literaria y artística, y 17.616, de protección a la propiedad intelectual.
Al respecto, la titular de la Ursec, Mercedes Aramendía, señaló a Comunicación Presidencial que el Poder Ejecutivo pretende combatir la piratería en línea que afecta a la televisión para abonados y a quienes producen contenidos.
La normativa habilita a que los titulares de esos servicios presenten ante el referido organismo la denuncia fundada, con carácter de declaración jurada, para su evaluación, y disponga, si corresponde, la notificación a plataformas o intermediarios independientes o el bloqueo electrónico temporal que impida el acceso desde el territorio nacional a las direcciones IP (protocolo de internet) o dominios de Internet (DNS) y URL (localizador uniforme de recursos) correspondientes a las ofertas específicas de productos, servicios y contenidos en infracción.
Aramendía afirmó que se busca que el procedimiento sea ágil y asegure las garantías debidas. Agregó que quien presente la denuncia debe ser el titular o representante que acredite su derecho y demuestre en qué ha sido vulnerado, además de presentar el comprobante de denuncia policial, en caso de haberla realizado.
Dijo que una vez que la Ursec recibe la denuncia rige un plazo de cuatro días para analizarla y proceder en consecuencia.
Añadió que es relevante que las plataformas o intermediarios independientes hayan constituido domicilio ante la Ursec y que estén adheridas al sistema de notificaciones electrónicas para facilitar la comunicación. En el caso de que posean mecanismos propios de denuncia, señaló la importancia de que se lo especifiquen al organismo y sean conocidos por los usuarios.
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