Más de 10 mil estudiantes se beneficiarán mediante este programa de política social que lleva adelante la actual Administración a los efectos de contribuir en la continuidad de los jóvenes dentro del sistema educativo.
La Dirección General de Tránsito y Transporte y la Unidad Coordinadora de Políticas Sociales son las encargadas de implementar un marco regulatorio que garantice el normal funcionamiento transporte estudiantil en el departamento de Maldonado.
Por lo tanto, se otorgarán boletos gratuitos a los estudiantes comprendidos en los casos que se detallan a continuación:
- Los estudiantes de institutos públicos de hasta 21 años de edad que cursen Ciclo Básico y Segundo Ciclo (Bachillerato) de Enseñanza Secundaria y Técnica, incluidos en los listados remitidos por los centros de enseñanza. Asimismo, accederán a dicho beneficio aquellos estudiantes mayores de 21 años previa evaluación de pertinencia de la Unidad Coordinadora de Políticas Sociales. Estos beneficiarios deberán presentar constancia de asistencia cada dos meses en las oficinas de la Dirección General de Tránsito y Transporte.
- Estudiantes de colegios privados de hasta 21 años de edad, que cursen el Ciclo Básico y Segundo Ciclo (Bachillerato) con una beca de estudios total (100%) en el instituto de enseñanza, lo cual deberá ser acreditado mediante la presentación de un documento oficial emitido por el mismo.
- Los estudiantes de tecnicaturas y terciarios de UTU, terciarios y/o universitarios de instituciones públicas con un mínimo de 3 años de currícula -hasta los 35 años de edad- debiendo presentar constancia del Centro de Educativo y previo informe técnico social.
- Estudiantes de cursos de capacitación de UTU, cuya duración mínima sea cuatro meses -de hasta 35 años- debiendo presentar constancia del centro educativo y su posterior estudio por parte del equipo técnico social.
- Estudiantes terciarios y/o universitarios de instituciones privadas con un mínimo de 3 años de currícula -de hasta los 35 años de edad- que cuenten con una beca total (100 %) de estudio, lo que deberá ser acreditado mediante la presentación de documento oficial emitido por el mismo. En caso de que la beca sea parcial (menor al 100 %) se otorgará si el previo informe técnico social la aprobara.
- Estudiantes terciarios y/o universitarios de instituciones públicas con un mínimo de 3 años de currícula, de hasta los 35 años de edad.
- Estudiantes de programas socio-educativos no formales: Centros Educativos Comunitarios (CEC); Áreas Pedagógicas; Centro de Lenguas Extranjeras (CECAP- MEC, CLE); Programa Nacional de Alfabetización, según listado del centro educativo. Con cada organismo de educación no formal se establecerá un mecanismo de seguimiento periódico entre sus estudiantes.
- Se considerarán para acceder al beneficio -previo informe técnico social- a aquellas personas mayores de 35 años que cursen carreras terciarias y/o universitarios de tres y más años. Estos beneficiarios deberán presentar constancia de asistencia al centro de enseñanza -cada dos meses- en las oficinas de la Dirección General de Tránsito y Transporte.
Los centros e instituciones de enseñanza deberán remitir a la Dirección General de Tránsito y Transporte los listados de los estudiantes que accedieron a la Beca Estudiantil de Transporte y han dejado de estudiar.
Se aclara que en todas las modalidades cubiertas por la Beca Estudiantil de Transporte, esta se otorgará dentro de los límites jurisdiccionales del departamento de Maldonado exclusivamente, y a aquellos estudiantes que su domicilio se encuentre a un kilómetro de distancia del centro educativo, criterio establecido por la normativa nacional generada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Asimismo, se considerarán para acceder al beneficio a personas no contempladas en los casos descriptos en la presente resolución, si la situación especifica así lo ameritara y con la autorización de la Unidad Coordinadora de Políticas Sociales.
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