En el marco de una investigación realizada por personal de la Zona Operacional IV de la Jefatura de Maldonado por el homicidio cometido el 12 de diciembre de 2020 de Maximiliano Nicolás Bonifacio Rodríguez de 33 años, donde esa madrugada un vecino de la ciudad de Pan de Azúcar alertó a la Policía sobre la presencia de un hombre herido en la zona toráxica, quién falleció en un nosocomio privado luego de ser trasladado por los efectivos.
Continuando con las actuaciones, el pasado martes fue recibida una denuncia anónima realizada al Servicio 0800 5000 donde denunciaron el funcionamiento de una boca de venta de estupefacientes en calle Rincón de aquella ciudad.
Bajo la órbita de la Fiscalía actuante tras la citada denuncia, y en el marco de la investigación del homicidio, se realizó un allanamiento donde fueron incautados 24 envoltorios con sustancia blanca, una bolsa de nylon con sustancia blanca, una balanza digital, un arma de juguete y la detención de dos hombres de iniciales S.M.P.D. de 46 años, E.A.A.A. de 30 años, y un hombre de 26 años, quién luego de la instancia policial en la dependencia fue liberado por la Fiscalía.
Conducidos al Centro de Justicia y finalizada la instancia penal en la Sede Letrada de 4° Turno se formalizó a S.M.P.D. y E.A.A.A., este último como presunto autor penalmente responsable de un delito de negociación de sustancias estupefacientes.
Se dispuso como la medida cautelar respecto a E.A.A.A. la prisión preventiva por el plazo de noventa (90) días. Hubo acuerdo por las partes en proceso abreviado y en tal mérito se condenó a S.M.P.D. como autor penalmente responsable de asistencia a los agentes de la actividad delictiva, a la pena de catorce (14) meses de prisión a cumplirse bajo el régimen de libertad a prueba con las siguientes condiciones: el total de la pena deberá residir en un domicilio específico, someterse al plan de intervención de la OSLA, los primeros tres meses arresto domiciliario total con permiso para trabajar y los restantes once meses, la obligación de presentarse una vez por semana en la seccional policial de su domicilio y realizar tareas comunitarias una vez por semana durante dos horas.
Por este hecho, ya fue condenado Richard Daniel Vargas de 37 años como autor penalmente responsable de un delito de homicidio a título de dolo eventual a la pena de cinco años de penitenciaria y se formalizó a dos hombres de iniciales E.A.A.A. y R.D.G.L. por la presunta comisión de un delito de encubrimiento en calidad de autores.
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