En pos de un cambio cultural para reducir su uso, el Gobierno dispuso que las bolsas de plástico llamadas camiseta deberán contar, a partir del 30 de junio, con un logo de certificación del LATU y tendrán un costo para el público de al menos cuatro pesos. El decreto reglamentario de la ley n.º 19655 agrega que, entre otras cosas, esos recipientes fabricados o importados deberán ser de material biodegradable desde 1.° de marzo.
El 1.° de marzo es la fecha límite para que los fabricantes e importadores de bolsas plásticas cumplan con las condiciones expresadas en la ley n.º 19655, entre las que se destaca que deberán ser de material biodegradable o compostable, según consta en el decreto n.º 3/2019, aprobado el 7 de este mes.
También se indica en esa norma que a partir del 30 de junio solo podrán entregarse o venderse bolsas camiseta identificadas con un logo de certificación del Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU).
El director de Medio Ambiente, Alejandro Nario, informó que la apuesta es a generar un cambio cultural en el uso de materiales contaminantes y reducir drásticamente la utilización de las bolsas plásticas conocidas como camiseta. “Para ello, estamos trabajando desde el año pasado en campañas de sensibilización e información, como la conocida ‘Sacá la bolsa del medio’”, señaló.
Añadió que experiencias piloto desarrolladas en localidades del interior del país han dado cuenta de una reducción del 50 % en el uso de esas bolsas y precisó que la reglamentación aprobada maneja plazos claros para la incorporación de la nueva normativa, “atendiendo, por ejemplo, al requerimiento del cambio de materiales, que implica que los fabricantes van a tener que importar las resinas y generar un proceso de fabricación, que lleva un tiempo”.
El certificado del LATU requerido se otorgará una vez cumplidos los requisitos vinculados con el tipo de material, dimensiones, resistencia e identificación.
El costo para los consumidores finales será, en su comienzo, de alrededor de cuatro pesos, conformado por el equivalente en unidades indexadas más el impuesto al valor agregado. El comerciante utilizará lo recaudado por la venta de estas bolsas en campañas de sensibilización.
El decreto establece algunas excepciones, como son los casos de las bolsas rollo con espesor menor o igual a 15 micras, las plásticas tipo “chismosa” o de Tela no Tejida (TNT) y las de plástico reciclado de espesor mayor o igual a 100 micras, que también deberán portar un logo identificatorio. Esas modalidades igual deberán cumplir con algunos requisitos y contar con una constancia de cumplimiento emitida por la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama).
Además de la certificación de las bolsas, se crea un registro de fabricantes o importadores de bolsas plásticas, que será gestionado por la Dinama. Antes del 1.° de marzo, todas esas empresas deberán estar inscriptas.
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