El domingo 23 la Policía fue alertada sobre la presencia de dos hombres hurtando un aire acondicionado en una propiedad ubicada en Rambla Pacheco y calle Cannes, en zona de San Rafael.
Al arribo los efectivos detuvieron Franco Fabián Romero Camargo de 23 años y Alberto Román Pereira Velarde de 24 años, ambos poseedores de antecedentes penales, quienes fueron derivados a una dependencia policial junto con el efecto hurtado.
En tanto los investigadores obtuvieron información que vinculaba a Romero Camargo con una denuncia por hurto cometido a mediados del mes de setiembre en un hotel ubicado en Avda. Laureano Alonzo Perez.
El responsable del hotel constató el hurto de 1 bicicleta, 4 aires acondicionados, griferías varias, 2 aspiradoras, 88 toallas, 15 acolchados, 2 laptop, 16 tv de 32 pulgadas, 2 tv de 65 pulgadas entre otros efectos y expresó que las cámaras de seguridad fueron dañadas.
Los investigadores de la Zona II trabajaron en el hecho y Policía Científica realizó el levantamiento de indicios biológicos que fueron remitidos a la Dirección Nacional de Policía Científica para su análisis. Retornando con la identificación de Franco Fabian Romero Camargo vinculándolo con el lugar del hecho.
Continuando las actuaciones los investigadores realizaron inspecciones en diferentes barrios de Maldonado y realizaron allanamientos en tres casas ubicadas en las inmediaciones de calle Bambú e Indígenas, jurisdicción de la Seccional 6ta.
Allí se incautaron 9 televisores, 1 aspiradora, ropa de cama y toallas varias, también fueron detenidos dos hombres L.A.S.H. de 61 años, S.E.R.G. de 21 años y una femenina de iniciales C.M.M.O. de 20 años.
Enterado el Sr. Fiscal de los resultados dispuso que los detenidos fueran conducidos a la Fiscalía y a posterior dispuso su conducción a la Sede Penal de 4to Tuno resultando en primera instancia la condena de L.A.S.H.
– L.A.S.H. como coautor penalmente responsable de un delito continuado de hurto especialmente agravado, a la pena de doce (12) meses de prisión, pena que será sustituida por un régimen de libertad a prueba que se cumplirá de la siguiente manera, los primeros dos meses arresto domiciliario nocturno y por el plazo total de la condena las siguientes obligaciones: 1)residir en un lugar determinado; someterse a la orientación y vigilancia de la OSLA, la obligación de presentarse una vez por semana en la Seccional Policial de su domicilio, prestar servicios comunitarios una vez por semana dos horas diarias con un máximo de 10 meses.
Los cuatro restantes debieron permanecer detenidos y fueron conducidos nuevamente el día siguiente resultando las siguientes condenas:
Por el hurto del aire acondicionado:
– Alberto Román Pereira Velarde como autor penalmente responsable de un delito de violación de domicilio en concurrencia fuera de la reiteración, con un delito de hurto agravado, a la pena de doce (12) meses de prisión, pena que será sustituida por un régimen de libertad a prueba debiendo cumplir los 4 primeros meses arresto domiciliario nocturno. Así mismo deberá cumplir las siguientes obligaciones: someterse a la orientación y vigilancia de la OSLA, la obligación de presentarse una vez por semana en la Seccional Policial de su domicilio, prestar servicios comunitarios una vez por semana dos horas diarias por el plazo máximo de diez meses.
Por el hurto en el hotel:
– Franco Fabián Romero Camargo como autor penalmente responsable de un delito de violación de domicilio en concurrencia fuera de la reiteración, con un delito de hurto agravado y un delito continuado de hurto agravado, a la pena de tres (3) años de penitenciaria.
– S.E.R.G. como autor penalmente responsable de un delito continuado de hurto agravado, a la pena de veinte (20) meses de prisión. Pena que será sustituida por un régimen de libertad a prueba que se cumplirá de la siguiente manera: 4 meses de prisión efectiva y 16 meses de libertad a prueba, los primeros 10 meses, además, deberá cumplir arresto domiciliario nocturno. Así mismo deberá cumplir las siguientes obligaciones: someterse a la orientación y vigilancia de la OSLA, la obligación de presentarse una vez por semana en la Seccional Policial de su domicilio, prestar servicios comunitarios una vez por semana dos horas diarias por el plazo máximo de diez meses.
– C.M.M.O. como autor penalmente responsable de un delito de hurto agravado, a la pena de doce (12) meses de prisión, pena que será sustituida por un régimen de libertad a prueba debiendo cumplir los 4 primeros meses arresto domiciliario nocturno. Así mismo deberá cumplir las siguientes obligaciones: someterse a la orientación y vigilancia de la OSLA, la obligación de presentarse una vez por semana en la Seccional Policial de su domicilio, prestar servicios comunitarios una vez por semana dos horas diarias por el plazo máximo de diez meses.
Antecedentes de Alberto Román Pereira Velarde
02/01/2017 |
un delito de hurto especialmente agravado por haberse cometido sobre cosas expuestas al publico por la necesidad o por la costumbre |
sin prisión. |
Antecedentes de Franco Fabián Romero Camargo
20/10/2019 |
un delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa en calidad autor. |
sin prisión. |