Jubilados y pensionistas reciben ayuda para completar formulario de Exoneración de Contribución Inmobiliaria

Jubilados y pensionistas reciben ayuda para completar formulario de Exoneración de Contribución Inmobiliaria

Hasta el jueves 31 de octubre de 2024 se extiende el plazo para tramitar la mencionada exoneración y se hace rellenando un formulario web. Tomando en consideración que jubilados y pensionistas pueden necesitar ayuda para realizarlo en forma presencial, los interesados deben acercarse a alguno de los municipios o al Edificio Comunal.

Desde las 9.15 y hasta las 14.45 horas de los días hábiles se está atendiendo a los jubilados y pensionistas que necesitan ayuda para completar el mencionado formulario web. Para eso tienen que concurrir tanto a los distintas municipios del departamento de Maldonado como al Centro de Informes de la IDM. De esta forma, recibirán asistencia personalmente. 

Sobre la Exoneración de Contribución Inmobiliaria – Única Propiedad – Jubilados y/o Pensionistas por vejez (sólo BPS)– Maldonado, se indica que habilita ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 una vez verificadas estas condiciones:

Requisitos 

  • Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados. Ingresar AQUÍ. 
  • El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por su dueño y familiares de primer grado. 
  • En el padrón no debe existir ningún comercio instalado.

Otros datos de interés

  • Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 3.903: Exonera 100 %
  • Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 7.806: Exonera 50 %   
  • El beneficio se deberá gestionar de manera anual.

Y en cuanto a la Exoneración de Contribución Inmobiliaria – Única Propiedad – Pensiones Varias (NO BPS) – Maldonado, es el que permite ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 tomando en cuenta las siguientes condiciones:

Requisitos

  • Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados. Ingresar AQUÍ. 
  • El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por su dueño y familiares de primer grado.
  • En el padrón no debe existir ningún comercio instalado.
  • El ingreso del núcleo familiar no debe superar los 7 BPC ($ 43.239).
     

Otros datos de interés

  • Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 3.903 – Exonera 100 % 
  • Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 7.806 – Exonera 50 %  
  • El beneficio se deberá gestionar de manera anual.
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