Se trata del trámite para el reclamo, que se hace únicamente en forma web, y que permite revisar el valor del aforo del vehículo sobre el cual se calcula la patente de rodados.
Se recuerda que los vehículos de transporte empadronados hasta el año 2012, así como las motos, motocicletas, ciclomotores, triciclos, cuatriciclos y similares, se encuentran por fuera del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (SUCIVE), y cada gobierno departamental, donde el vehículo haya ingresado como cero kilómetro, es el encargado de fijar el valor de la patente de rodados según su criterio particular.
En cuanto a los requisitos para realizar este trámite, se indican los siguientes:
- Legitimación activa para iniciar el trámite, esto es: demostrar que el reclamante es el titular municipal del vehículo (agregando copia del Documento de Identificación Vehicular) o el propietario del vehículo (aportando copia del título de propiedad inscripto a su favor) o el poseedor (con la agregación de una Declaración Jurada efectuada conforme a lo establecido en el Artículo 649.3 del Código Civil como que lo ha estado poseyendo por un plazo de un año o más).
- Documento de Identificación Vehicular (DIV).
- Estar al día en el pago de patente y no tener otras obligaciones pendientes de pago.
Asimismo, se informa que haber llevado a cabo el presente trámite, no exime del pago de la patente de rodados en los plazos establecidos, generándose multas y recargos en caso de incumplimiento e independientemente de haber realizado esta gestión.
Además, se comunica que la fecha de este reclamo es la que se habrá de tomar en cuenta en caso de que haya una adecuación del monto, pagado o a pagar, por concepto de patente de rodados.
Por otra parte, se reitera que el mencionado trámite se hace solamente mediante vía web ingresando AQUÍ.
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