Punta Colorada es una de las áreas de mayor crecimiento urbano a 5 kilómetros al este de Piriápolis, entre los balnearios San Francisco y Punta Negra por la Ruta 10.
El nombre del balneario proviene del color rojizo que caracteriza a las rocas en esa zona aunque inicialmente era considerado parte de Punta Negra hasta que en 1930 los pescadores comenzaron a llamarla Punta Colorada.
Punta Colorada, frecuentada por surfistas y pescadores por su geografía rocosa (además de quienes residen en verano y todo el año), se verá beneficiada por el Fondo de Incentivo a la Gestión de los Municipios instrumento que forma parte de la estrategia nacional de descentralización, y especialmente en la línea de acción orientada al fortalecimiento institucional del tercer nivel de gobierno creado a través de la Ley de Descentralización y Participación Ciudadana (Nº 19.272).
La Ley de Presupuesto a nivel nacional (Ley Nº 19.355-art.676) prevé las partidas anuales que se transfieren hacia los programas presupuestales municipales en la medida que cumplan con la normativa.
Un aspecto muy relevante que incorpora la normativa es que los Municipios puedan contar con recursos (programas presupuestales) y que los gastos e inversiones sean ordenados por el Concejo Municipal.
Esto implica realizar cambios en los procesos de gasto, incorporando nuevos procedimientos, donde el Concejo Municipal emite una resolución por la cual realiza la orden de compra, el Tribunal de Cuentas interviene el gasto, y luego el Municipio efectiviza la compra. La ley también prevé que el pago sea realizado por el Alcalde, lo cual en general se realiza en forma conjunta con un funcionario permanente del Municipio.