Por 52 votos en 93, con los votos del Partido Independiente, Unidad Popular y la mayoría del FA (sin el voto del Dr. Darío Pérez), la Cámara de Representantes, al amparo del artículo 303 de la Constitución dispuso la anulación de la Resolución Nº 6907/2018 expediente Nº 2017-88-01-13004, Acta Nº 1507/2018, dictado con la anuencia de la Junta Departamental de Maldonado.
El recurso había sido presentando por más de 1000 vecinos de la Barra y el Tesoro contra dicha Resolución, los vecinos se ampararon en el Artículo 303 de la Constitución, que establece que “los decretos de la Junta Departamental y las resoluciones del Intendente Municipal contrarios a la Constitución y a las leyes, no susceptibles de ser impugnados ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, serán apelables para ante la Cámara de Representantes dentro de los quince días de su promulgación, por un tercio del total de miembros de la Junta Departamental o por mil ciudadanos inscriptos en el Departamento…”
Entre los argumentos que se tuvieron en cuenta por parte de los legisladores para derogar dicha Resolución del Intendente de Maldonado fueron los siguientes;
- a) para anular En el año 2003 se llevó adelante un juicio contra la Administración Departamental, el que se solucionó a través de una transacción. Dicha transacción fue homologada por la Junta Departamental de Maldonado, con anuencia del ministerio público y por la sede del juzgado competente en el que se tramitaba dicho juicio. Uno de los argumentos es que en esa transacción se impedía que en la manzana 80 hubiera actividad comercial y la misma con esta resolución está siendo violentada por esta normativa impugnada, porque un hotel sin duda que es una actividad comercial.
- b) en ese polígono de actuación que estamos hablando, se hacen distribuciones de cargas y beneficios por medio de un reparcelamiento. Todo esto llevado a cabo sin cumplir con la normativa de ordenamiento territorial.
- c) el padrón que se está cediendo a cambio a que se autorice la construcción del hotel, ya había sido cedido anteriormente, cuando se autorizó el edificio; así lo dice la resolución de aquel entonces. La primera excepción que se otorgó a este grupo económico implicaba hacer un edificio y ceder la misma tierra pública que hoy se le cede
El Diputado del Partido Independiente por Maldonado, Ing. Andrés Carrasco expresó “no nos cabe la menor duda que las irregularidades en que acarreó la norma dictada por el Ing. Antía es escandalosa y merecía que la Cámara de Representantes dispusiera la derogación de dicha Resolución”
Los Diputados Andrés Carrasco (PI) y Carlos Pérez (Unidad Popular) fueron los únicos representantes políticos que desde un primer momento acompañaron en este tema a los vecinos incluso siendo impulsores en la etapa de recolección de firmas.
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