Intendencia rechazó recurso del Ministerio de Turismo por tributos del Argentino Hotel

Intendencia rechazó recurso del Ministerio de Turismo por tributos del Argentino Hotel

La Intendencia de Maldonado rechazó el recurso administrativo presentado por el Ministerio de Turismo, que solicitaba la exoneración del pago de la Contribución Inmobiliaria correspondiente al padrón 3878 de Piriápolis, donde se encuentra el Argentino Hotel.

Según informó el diario Correo de Punta del Este, la resolución fue firmada por el intendente Miguel Abella el 2 de junio de 2026, tras la refrendación del secretario general, Álvaro Hernán Villegas, el 29 de mayo. El acto administrativo dispuso no hacer lugar al recurso presentado por la cartera de Turismo y ratificó la posición sostenida por el gobierno departamental desde el inicio del diferendo.

El conflicto se originó cuando el Ministerio de Turismo, propietario del inmueble, solicitó la exoneración del tributo invocando la inmunidad impositiva del Estado nacional. En forma subsidiaria, pidió además la prescripción de la deuda correspondiente a los ejercicios comprendidos entre 2005 y 2012.

En una primera resolución, la Dirección General de Hacienda rechazó la exoneración por entender que en el inmueble se desarrolla actividad comercial, aunque admitió la prescripción de la deuda correspondiente a los años reclamados. Esa decisión fue recurrida por el Ministerio mediante un recurso de reposición que ahora fue desestimado.

Entre sus argumentos, el Ministerio sostuvo que la actividad comercial no puede atribuirse al inmueble y afirmó que la cartera no desarrolla actividades comerciales o industriales, sino funciones de promoción turística. También invocó normas departamentales que reconocen inmunidad impositiva al Estado respecto de bienes afectados a actividades no comerciales.

Asimismo, cuestionó aspectos del procedimiento administrativo al señalar que no tuvo vista previa de un informe elaborado durante la tramitación del expediente.

La Intendencia respondió que el Ministerio tuvo acceso al expediente y oportunidad de presentar descargos y documentación, por lo que no existió indefensión. Además, sostuvo que la actividad desarrollada en el padrón tiene carácter comercial, circunstancia que, a su juicio, impide aplicar la inmunidad impositiva reclamada.

Los informes técnicos y jurídicos de distintas dependencias departamentales coincidieron en señalar que la existencia de actividad comercial en el predio constituye el elemento determinante para rechazar la exoneración.

Paralelamente, el Ministerio de Turismo presentó un recurso de nulidad contra la decisión de la Intendencia de aplicar el cobro de la Contribución Inmobiliaria y otros tributos y tasas vinculados al Argentino Hotel. Ese trámite continúa en curso.

La resolución adoptada por la administración departamental mantiene vigente el criterio de que el inmueble no reúne las condiciones para acceder a la exoneración tributaria solicitada.

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