La Magistrada Letrada de 11º Turno dispuso la condena de un hombre de 19 años de edad, como autor penalmente responsable de un delito continuado de desacato por incumplimiento de medida cautelar en reiteración real con un delito de violencia doméstica agravado, a la pena de nueve meses de prisión, pena que será cumplida en régimen de Libertad Vigilada bajo las siguientes condiciones:
1) residir en un lugar determinado y no modificarlo sin previa autorización por la Sede,
2) estar sujeto a la supervisión de la Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida,
3) respetar la prohibición de comunicación por cualquier medio y de acercamiento por un radio de 500 metros de la víctima y su domicilio,
4) portar un dispositivo de monitoreo electrónico (Tobillera) hasta la fecha determinada en la audiencia,
5) durante los tres primeros meses, su arresto domiciliario total, con autorización para salir a trabajar de 8 a 20 horas,
6) durante los últimos seis meses, deberá presentarse en la Seccional Policial de su domicilio una vez por semana.
En el mes de mayo una mujer se presentó en la Unidad Especializada en Violencia Doméstica y de Género de Maldonado, denunciando hechos de violencia y amenazas por parte del ahora imputado, su ex pareja, quién no acepta la ruptura de la relación.
Tras la investigación de rigor, la Fiscal actuante dispuso medidas cautelares de prohibición de acercamiento y comunicación con la denunciante, así como la citación para la audiencia celebrada ese mismo mes disponiendo medidas cautelares de restricción.
El pasado 20 de julio el hombre incumplió dichas medidas cautelares, comunicándose con la víctima y concurriendo a su domicilio.
