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Tobillera electrónica para un hombre por desacato

El sábado 19 de febrero fue solicitada la presencia policial en una casa ubicada en calle Ventura Alegre por un incidente familiar.

Al llegar los efectivos se entrevistaron con el denunciante quien expresó que momentos antes de su arribo, su familiar A.D.G.M. de 45 años estaba afuera de su casa incumpliendo las medidas de prohibición de acercamiento y que se presentaría en la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y Género.

A una cuadra de la casa los policías actuantes localizaron a A.D.G.M. y lo derivaron a la dependencia para la indagatoria. Enterado el Fiscal de 3er Turno dispuso su conducción a la Sede Letrada.

Realizada la instancia en el Juzgado Penal de 11° Turno, fue dispuesta la condena de A.D.G.M. como autor penalmente responsable de un delito de desacato a la pena de tres meses de prisión, la que se cumplirá en régimen de libertad a prueba debiendo cumplir el condenado arresto domiciliario total durante los primeros siete días en el domicilio constituido en audiencia, y el saldo de pena con las siguientes condiciones previstas en el Art.295 Bis del Código de Proceso Penal: 1) fijar residencia en lugar determinado, 2) sujeción a la OSLA, 3) presentación a la Seccional Policial correspondiente a su domicilio una vez a la semana sin permanencia, 4) prestación de servicios comunitarios por el término de dos meses realizados una vez por semana pro el término de dos horas.

Así como prohibición de acercamiento y comunicación respecto de su familiar en un radio de 500 metros por el plazo de 180 días, disponiéndose el ingreso del encausado en el sistema de monitoreo electrónico.

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