En sintonía con el gobierno nacional, el intendente, Enrique Antía, dispuso la reapertura, con aforos, del parque Jagüel, Grutas de Salamanca y Reserva de Pan de Azúcar desde el 8 de julio. Asimismo, los bares y restaurantes podrán cerrar una hora después, a la 1.00 de la madrugada.
Considerando que el decreto del Poder Ejecutivo establece que a partir del 5 de julio los espectáculos públicos, fiestas, eventos sociales de características similares, retornarían con protocolos y aforos determinados por parte del MSP, desde el gobierno de Maldonado se acompaña la decisión con los controles y condiciones previas, así como también la habilitación de algunos espacios públicos para el disfrute con responsabilidad.
En ese sentido la Administración Antía habilitó el Jagüel, la Estación de Cría y Fauna Autóctona y el Parque Grutas de Salamanca, apertura que se dará a partir del jueves 8 de julio.
En el caso del Parque Jagüel: El horario de funcionamiento del parque será de 11:00 a 19:00 horas, no permitiendo el ingreso de nuevos visitantes a partir de la hora 17:00. El aforo estará acotado a 500 personas de forma simultánea.
Queda prohibido la entrada de transporte de pasajeros ya sea en ómnibus, micros y camionetas tipo Van.
El ingreso al parque se realizará únicamente por la senda de la derecha ubicada en la entrada principal sobre la avenida Aparicio Saravia, mientras que la salida se realizará por la senda de la izquierda de la entrada principal también ubicada sobre la avenida Aparicio Saravia.
Las salidas ubicadas por la calle Isabel de Castilla permanecerán cerradas para todo el público y todas las personas deberán pasar por control sanitario.
Se deberá mantener una distancia social de 1.5 metros en todo momento y se exhorta al uso mínimo indispensable de los gabinetes higiénicos a los cuales se debe concurrir con tapaboca, y respetar una distancia social de 1.5 metros mientras se espera la entrada al mismo.
Para el caso de la Estación de Cría: Funcionará de jueves a lunes en el horario de 10:00 a 18:00 horas. El aforo no será mayor a 200 personas diarias y habrá lugares que permanecerán cerrados.
Los locales que dispensan alimentos permanecerán abiertos debiendo cumplir con el “Protocolo obligatorio por emergencia sanitaria COVID-19 para restaurantes, pizzerías, bares y casas de comidas”.
Los visitantes que accedan al ascenso al cerro deberán realizar un nuevo registro en la caseta de control y tendrán como máximo para volver a este punto hasta las 17:30 horas por la tarde.
Todas las personas deberán contar con tapabocas debidamente colocados. Se procederá a la toma de temperatura.
En caso de no cumplir con alguna de estas medidas se impedirá el ingreso.
No se permitirá la aglomeración de más de 10 personas siendo las mesas con una capacidad no mayor a 6 ocupantes, debiendo mantener la distancia social de 2 metros entre núcleos familiares.
En el caso de los bares, restaurantes y afines:
El horario de cierre no se extenderá más allá de la 01, ni comenzará antes de las 7, sin perjuicio de la actividad de fabricación de alimentos, venta y eventual distribución. En el caso de constatarse incumplimientos se procederá a aplicar sanciones y comunicar a Fiscalía y Ministerio del Interior.
Se deberá disponer las mesas a una distancia tal que entre las sillas de otra mesa sea de 2 metros lineales, y en cada mesa disponer las sillas de modo que cada una se encuentre a 1 metro entre los clientes que comparten la misma mesa. Dependiendo del tamaño de las mesas y respetando las distancias antes mencionadas se podrán armar mesas de 4 a 6 personas.
En caso de autorizarlo pueden unirse mesas para un máximo de 10 personas respetando las distancias establecidas (1 metro entre clientes de la misma mesa y 2 metros entre mesas).
Las mesas deberán estar dispuestas, en la medida que la superficie del local lo permita, de tal manera que no queden enfrentadas unas con otras.
Se permite colocar, con la autorización correspondiente, mamparas de acrílico entre mesas si la distancia entre las mismas es menor a los 2 metros, debiendo las mismas superar los 80 cm de la altura de la mesa, sumado a la distancia del suelo a la mesa.
Queda terminantemente prohibido el uso de pista de baile, en caso de que los responsables del establecimiento detecten este comportamiento deberán de forma inmediata invitar a los participantes a permanecer en las mesas asignadas.
También está prohibido el uso de barras, mostradores y similares para la permanencia del público.
En el caso de fiestas y eventos:
Los mayores de 65 años o quienes independientemente de la edad sean portadores de patologías previas que se encuentren dentro de la población especialmente susceptible de sufrir complicaciones por COVID-19 según lista de comorbilidades deben conocer el riesgo que significa participar de actividades en las que podrían interactuar con personas ajenas a su círculo de contactos.
Quienes hayan estado en contacto con personas con diagnóstico de COVID19 positivo y quienes presenten síntomas relacionados a la enfermedad COVID19 o de cualquier otra índole, deberán consultar a su prestador de salud para seguir las directivas médicas, estando impedidos de asistir al evento.
Los controles y chequeos previos pueden incluir un auto cuestionario relacionado a la enfermedad COVID19, contribuyendo a la toma de conciencia del riesgo y aumentar el cumplimiento de las medidas de protección. Un checklist puede ser de utilidad para regularizar la asistencia al evento y contar con una mejor autoprotección y seguridad de los asistentes, al prestar atención a los síntomas de enfermedades generales como fiebre junto con problemas respiratorios leves (tos seca, catarros) o, en los casos de síntomas típicos de COVID-19 como pérdida aguda del olfato y del gusto.
Aforo y duración del evento
Teniendo en cuenta las características de los locales, se encuentra autorizado un aforo del 30 %, con hasta 80 personas en salones cerrados o bien hasta 100 personas en espacios exclusivamente abiertos. Se entiende por salón o espacio abierto aquel en el cual todas las locaciones se encuentran al aire libre o en carpas con abertura en dos o más lados durante todo el transcurso de la actividad.
Se encuentra inhabilitada la realización de un evento utilizando simultáneamente dos espacios (cerrado y abierto) en un mismo local.
Horario máximo permitido de duración del evento será de 4 horas, siendo el límite máximo la 01:00 am
En referencia al armado de los salones, las mesas se deben colocar respetando la distancia de 2 metros entre sillas de mesas contiguas y no podrán estar enfrentadas.
Las mesas podrán tener un máximo de 8 personas, siempre que sean de la misma familia, o pertenecientes a grupos de contactos habituales, menores de 65 años y sin comorbilidades.
De asistir al evento personas mayores de 65 años, o que presenten comorbilidades, serán ubicados en mesas de hasta 4 personas, salvo que la mesa esté ocupada exclusivamente por una familia conviviente.
Los servicios de buffet, sala y bar y mesas de postres, podrán habilitarse en caso que se dispongan de mamparas separándolos del público, y que sean servidos exclusivamente por el personal, sin compartir implementos. No se permite colocar platinas con servicio de lunch o similar sobre las mesas, ni transportar o circular con bandejas para que las personas se sirvan de las mismas, de modo de evitar la manipulación de alimentos. El servicio de platos principales será servido directamente en las mesas a cada uno de los invitados, por parte del personal.
No se permite pista de baile, ni uso de cotillón a los efectos de minimizar la superficie de contacto.
Si se realizan espectáculos artísticos, la distancia entre artistas y público debe ser de al menos 3 metros. Si el espectáculo incluye canto, esta distancia se debe incrementar a 5 metros.
La duración del espectáculo tendrá una duración de 1 hora 30 minutos, permaneciendo los invitados en su mesa.
Se exhorta a que los eventos sean para familiares y allegados.
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