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Poder Ejecutivo decretó modificaciones para ingreso de extranjeros al país

El presidente de la República, Luis Lacalle Pou, firmó el decreto por el cual se flexibilizan las medidas de ingreso al país de extranjeros a partir del 1º de noviembre, gracias a la expansión de la de la vacunación tanto a nivel nacional, regional y mundial y a la mejora de la situación sanitaria del país.

A partir del 1º de noviembre se autoriza el ingreso de las siguientes personas y en estas condiciones:

Para ingresar al país se deberán cumplir con las medidas establecidas en el Decreto 195/020 del 15 de julio de 2020 con la excepción del aislamiento preventivo obligatorio.

Se deberá acreditar un resultado negativo de test de detección de virus SARS CoV-2 (por técnica de biología molecular PCR-RT o técnicas de diagnóstico que se aprueben por el Ministerio de Salud Pública), realizado con hasta 72 horas de antelación del inicio del viaje (siempre que el pasajero esté en tránsito), en un laboratorio habilitado en el país de origen o tránsito.

En caso de que el ingreso al país sea a través de un medio de transporte comercial de pasajeros, la acreditación del test negativo deberá realizarse previo al embarque ante la compañía correspondiente.

Aquellas personas que ingresen, deberán repetir un nuevo test al séptimo día del primero, cuyo resultado deberá ser negativo.

Quedan exceptuados de realizarse un test de detección del virus SARS CoV-2, los menores de seis años de edad, quienes si quedarán sujetos al resto de las medidas sanitarias establecidas en el Decreto 195/020.

El formulario aprobado por el Decreto 227/021, del 16 de julio de 2021, será sustituido por un formulario online, el cual se adjunta y será publicado en la página del Ministerio de Salud Pública.

El citado formulario deberá completarse por medios electrónicos en forma previa al ingreso al país, dentro de las 48 horas previas al embarque y tendrá carácter de declaración jurada.

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