Los contribuyentes de tributos inmobiliarios que hayan comenzado a pagar de acuerdo a las normas que regulan el régimen de propiedad horizontal, dispondrán de un plazo de 15 días a partir de la notificación de la liquidación de la deuda para abonar el importe correspondientes al presente ejercicio.
Las personas que cumplan con los dispuesto tributarán a valores vigentes al mes de febrero, sin multas ni recargos, actualizados por el Índice de Precios al Consumo (IPC).
Vencido el plazo establecido se aplicarán los incrementos correspondientes.
Se trata de quienes se encuentran comprendido en lo establecido en la Resolución Nº 07725/2018 con fecha 20 de setiembre de 2018.