En el marco de una investigación llevada a cabo por la Brigada Departamental Antidrogas sobre el posible acopio de sustancias estupefacientes en la ciudad de San Carlos y su eventual distribución a distintos puntos del país, se identificó a un hombre de iniciales L.R.A.S., de 42 años y con antecedentes penales, como posible involucrado en los hechos.
El 30 de julio, se observó a L.R.A.S. entrando y saliendo de manera sospechosa de cocheras ubicadas en la Calle Ituzaingó, en una camioneta Fiat Fiorino blanca. Posteriormente, se ubicó dicho vehículo en la Av. Jacinto Alvariza, donde otro hombre descendió y subió a la parte trasera de un Chevrolet Prisma estacionado, retirándose del lugar.
Se solicitó apoyo policial para intervenir el vehículo que se desplazaba por la Ruta 9. Al percatarse de la presencia policial, los ocupantes del vehículo se deshicieron de un paquete que contenía sustancias estupefacientes. En la calle Ceibal, en la ciudad de Pan de Azúcar, se logró la detención de los ocupantes del vehículo: una mujer de 21 años y dos hombres, G.R.S.A., de 29 años, y E.A.C.J., de 34 años, este último con antecedentes. Todos fueron detenidos y trasladados a una dependencia policial.
El 31 de julio, durante una inspección en una vivienda ubicada en la calle Carlos Cal, en San Carlos, se realizó la detención de L.R.A.S. De este y otros allanamientos realizados en domicilios y vehículos involucrados en la investigación, se logró incautar:
– $21,446 dólares estadounidenses y $350,230 pesos uruguayos
– 47.945 kilos de clorhidrato de cocaína
– 3,644 gramos de pasta base
– 420 gramos de marihuana
– 2 revólveres y 2 pistolas
La Fiscalía Letrada de 5° turno fue informada de los resultados, y dispuso que los detenidos fueran conducidos a su despacho. En el Juzgado Letrado de 11° Turno, se dictaron las siguientes condenas:
– G.R.S.A. y E.A.C.J. fueron condenados como autores penalmente responsables de un delito de transporte de sustancias estupefacientes prohibidas, a cumplir la pena de dos años de penitenciaría para G.R.S.A. y dos años y dos meses de penitenciaría para E.A.C.J., ambos con descuento de la detención sufrida y cumpliendo las obligaciones previstas en los literales d y e del art. 105 del Código Penal.
– L.R.A.S. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de almacenamiento y distribución de sustancias estupefacientes prohibidas en régimen de reiteración real, junto con un delito de tenencia no autorizada de armas y municiones y un delito de receptación agravado, a cumplir la pena de cuatro años de penitenciaría, con descuento de la detención sufrida y cumpliendo las obligaciones previstas en los literales d y e del art. 105 del Código Penal.
Además, se dispuso a favor de la Junta Nacional de Drogas el decomiso de los vehículos incautados (camioneta Fiat Fiorino y camioneta Ssanyong), el dinero incautado ($21,446 dólares estadounidenses y $350,230 pesos uruguayos), que será remitido y depositado en la cuenta corriente de la Junta Nacional de Drogas, el decomiso de las armas incautadas para su posterior destrucción, y el decomiso de las sustancias incautadas para su posterior destrucción, conforme a lo dispuesto en el art. 50 de la ley 19.574.