Lo hará con una reunión en la Casa de la Cultura que comenzará a las 18 horas.
La Ley Nº 18.567 de Descentralización Política y Participación Ciudadana en el capítulo I -De los Principios Generales- en su Artículo 5º, establece que los municipios instrumentarán la participación activa de la sociedad en las cuestiones del Gobierno local.
Cada municipio creará los ámbitos necesarios y los mecanismos adecuados, dependiendo de la temática y de los niveles organizativos de la sociedad, para que la población participe de la información, consulta, iniciativa y control de los asuntos de su competencia.
En el Capítulo IV -De las atribuciones y cometidos del municipio y sus integrantes- en el Artículo 18 especifica que el municipio debe rendir cuenta anualmente ante el Gobierno Departamental de la aplicación de los recursos que hubiera recibido para la gestión municipal o para el cumplimiento de funciones que se hubieran expresamente delegado en la autoridad municipal.
Por el artículo 19 debe presentar anualmente ante los habitantes del municipio, en régimen de Audiencia Pública, un informe sobre la gestión desarrollada en el marco de los compromisos asumidos, y los planes futuros.