La Magistrada Penal de 11º Turno dispuso la condena de Juan Manuel Laborde Iragola, poseedor de antecedentes penales, como autor penalmente responsable de un delito previsto en el Art.31 Ley 14,294 en modalidad de tenencia no para consumo, un delio de tráfico interno de armas y municiones y un delito de porte de arma en lugares públicos, todos en reiteración real entre sí y con un delito de porte y tenencia de arma de fuego cuyos signos fueron suprimidos, este último en concurso formal con un delito de porte de arma por reincidencia a la pena de dos años y dos meses de penitenciaria, con descuento del tiempo de detención cumplido y siendo de su cargo las prestaciones y accesorias legales de rigor.
En la madrugada del miércoles 6 de noviembre, en momentos que un móvil de Grupo PADO se encontraba realizando patrullaje por Barrio Cerro Pelado, fueron vistos cuatro personas ocultándose del móvil policial, detrás de un automóvil allí estacionado.
Tras solicitar la colaboración de otro equipo de efectivos fueron intervenidos las cuatro personas, resultando ser dos hombres, una mujer y un adolescente.
Debajo del vehículo estacionado en el lugar fue hallado un revolver con tres proyectiles y un morral conteniendo una billetera con documentos a nombre de uno de ellos y 99 envoltorios de papel conteniendo sustancia blanca. A metros del lugar fue hallado un monedero conteniendo 28 envoltorios de iguales características a los anteriores y la suma de $U 430 pesos uruguayos.