El Poder Ejecutivo firmó un nuevo decreto en el que exige a las tabacaleras informar cuántos cigarrillos venden al mes, que abarca también a los cigarros electrónicos. Ante incumplimiento, habrá sanción por parte del MSP.
La declaración jurada deberán presentarla ante el Ministerio de Salud Pública (MSP) tanto las compañías que importan como las que elaboran productos de tabaco, indica el decreto. También están incluídos los cigarrillos electrónicos.
Las compañías deberán indicar la cantidad de cigarros de cada marca, así como tamaño de producto elaborado o importado, y el informe se presentará semestralmente. Ante incumplimiento, el MSP sancionará a la empresa, según lo previsto en el artículo 396 de la Ley 19.924.
Entre los argumentos expresados en el documento, están la que “resulta fundamental para el Programa Nacional para el Control de Tabaco de la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública, disponer de información de mercado exacta a los efectos de monitorear la magnitud del consumo así como las pautas del consumo de tabaco en nuestro país”.
(uypress)