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Funcionario de una inmobiliaria fue condenado por clonación de tarjetas de crédito y uso indebido

El 12 de mayo, se presentó una denuncia contra un funcionario de una inmobiliaria por el presunto uso y clonación de tarjetas de crédito. Después de realizar las investigaciones correspondientes por parte del personal de la seccional 10ma, se pudo constatar que el individuo, identificado como I.E.R.A. de 23 años, había utilizado los servicios de mercado de pago y realizado cuatro reservas en diferentes hoteles de la ciudad. Estas transacciones se realizaron cargando los gastos a las tarjetas de la denunciante.

La Dra. de la Fiscalía de 4to Turno fue informada y, como parte de las diligencias, se ordenó la detención del sospechoso. El 16 de mayo, I.E.R.A. se presentó en la seccional policial correspondiente y quedó bajo arresto a disposición de la sede penal.

Después de la audiencia en el Juzgado Letrado de 4to Turno, se dictó una condena contra I.E.R.A. como autor penalmente responsable de un delito de Apropiación Indebida en régimen de reiteración real, con un delito continuado de apropiación indebida. La sentencia impuesta fue de doce (12) meses de prisión, con descuento del tiempo de detención preventiva. Además, se le impusieron obligaciones contempladas en los literales D y E del artículo 105 del C.P.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 295 Bis del CPP, la pena de prisión será sustituida por un régimen de libertad a prueba por el mismo período de tiempo.

El condenado asumirá las siguientes obligaciones: cumplir nueve (9) meses de arresto domiciliario total, con autorización para salir a trabajar de lunes a viernes de 13:00 a 17:00hs. Durante toda la duración de la condena, deberá residir en un lugar determinado, someterse a la orientación de la OSLA, presentarse semanalmente en la seccional policial más cercana a su domicilio y prestar servicios comunitarios durante dos horas diarias, una vez por semana. Estas obligaciones se cumplirán una vez finalizado el arresto domiciliario.

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