El 1° de enero en horas de la mañana, efectivos de la Comisaría Especializada en Violencia Doméstica y Género de Piriápolis tomaron conocimiento que B.J.M.A. de 27 años incumplió las medidas cautelares de prohibición de acercamiento a familiares dispuestas por la Justicia el 6 de diciembre.
Los damnificados expresaron a la Policía que B.J.M.A. se ha comunicado telefónicamente y el 1° de año concurrió a su domicilio en busca de dinero.
Enterada la Fiscalía de 4° Turno dispuso que el denunciado fuera conducido a la Sede Letrada para la audiencia. Realizada la audiencia en la Sede Penal de 11° Turno fue dispuesta la condena de B.J.M.A. como autor penalmente responsable de un delito de desacato por incumplimiento de medida cautelar, a la pena de tres (3) meses de prisión, pena que se cumplirá en régimen de libertad a prueba bajo las siguientes condiciones:
1) residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida y no modificar su domicilio sin dar previo aviso a la Sede Judicial.
2) sujetarse a la orientación y vigilancia permanente de la referida Oficina.
3) presentarse una vez por semana en la Seccional Policial correspondiente al domicilio fijado.
4) cumplir tareas comunitarias una vez por semana durante dos horas cada vez.
5) los primeros 15 días cumplirá arresto domiciliario nocturno.
6) prohibición de comunicación por cualquier vía y prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros, hacia sus familiares y sus domicilios.
7) monitoreo electrónico con colocación de tobillera.