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El Tribunal de Cuentas avaló el contrato de remodelación del Argentino Hotel de Piriápolis

En una resolución fechada hoy, el organismo de contralor sostuvo que el Estado y empresa ganadora de licitación internacional podrán modificar los términos de los contratos si éstos están vigentes.

El Tribunal de Cuentas de la República (TCR) decidió hoy no formular observaciones sobre la renegociación entre el gobierno y una empresa privada ganadora de una licitación internacional para la realización de obras de mantenimiento y reacondicionamiento del Argentino Hotel de Piriápolis, propiedad del Estado, así como la concesión para su explotación. Ello consta en una resolución del organismo de contralor a la que tuvo acceso el diario El País.

Mediante un proyecto de resolución, el Poder Ejecutivo previó adjudicar las obras a la empresa Nifelar S.A. en los términos y condiciones que surgen del pliego de licitación. El plazo de concesión del hotel será de 30 años contados a partir de la suscripción del contrato de concesión, luego de finalizadas las obras de remodelación del hotel.

En referencia al monto de la inversión, el proyecto original preveía destinar US$ 22 millones, de los cuales US$ 15 millones correspondían a obra civil.

El 24 de setiembre de 2018, Nifelar S.A. presentó una modificación en el cronograma de obras. Principalmente, en la construcción del denominado pabellón comercial, que será destinado a la nueva sala de Casinos, la presentación de proyectos ejecutivos de baños (56 baños), estudios de fachadas y anteproyecto del nuevo casino. La estimación de la nueva propuesta de la empresa Nifelar S.A. respecto a la obra civil será de US$ 7 millones, sin mencionar la inversión en equipamiento.

En su resolución, el Tribunal de Cuentas sostuvo que la modificación contractual proyectada por la empresa se enmarca en la primera etapa antes referida y a partir de un acuerdo de voluntades entre las partes que “hacen pasible la misma”.

No obstante, dijo el organismo de contralor, “debe tenerse presente” que los contratos públicos que se encuentren vigentes “podrán modificarse siempre y cuando se respeten” las condiciones para ello y no transgredan límites al respecto.

En la resolución del TCR se indicó que la primera etapa, correspondiente a la obra, comenzó a computarse desde la entrega del inmueble a la adjudicataria, extremo que se verificó con fecha 1° de mayo de 2018. Es decir, el cronograma de obras fue establecido en cinco años, finalizando el 31 de abril de 2023.

No obstante, afirmó el Tribunal, el cómputo de dicho plazo se vio afectado por la situación provocada por la emergencia sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo a raíz del covid-19. Y agregó que se debe tomar en cuenta los dos años que duró la emergencia sanitaria. Ello significa, según el TCR, que el plazo para culminar las obras pendientes de ejecución se encuentra vigente.

Con respecto al nuevo plazo para las edificaciones, la empresa planteó ejecutar la inversión en 9 años (desde 2024 a 2032). El Tribunal de Cuentas ratificó dicho contrato entre el gobierno y Nifelar S.A.

el país

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