En horas de la madrugada del 29 de enero, la Policía fue alertada sobre detonaciones realizadas con arma de fuego en calle Flores y Soriano, jurisdicción de la Seccional Sexta. Al llegar al lugar, los efectivos se entrevistaron con el denunciante de un local nocturno, quien narró que varios hombres estuvieron dentro del mismo y se retiraron, minutos después quisieron retornar, siendo informados que estaba cerrado.
Ante ello se ofuscaron y uno de ellos extrajo un arma de fuego del vehículo en el que se trasladaban y efectuó varios disparos. No hubo lesionados ni daños en la estructura. Policía Científica trabajó en el lugar recolectando vainas calibre 9mm. También existen registros fílmicos del momento del hecho, donde se identifica el vehículo en el que viajaban los denunciados.
En el transcurso de la investigación se identificó a los intervinientes y fueron indagados al respecto bajo la órbita de la Fiscalía de 4to Turno. Un hombre de iniciales J.E.S.C. de 27 años resultó detenido a disposición de la Fiscalía actuante, quien dispuso que se realizara allanamiento en su domicilio de la ciudad de San Carlos. Allí se incautaron 100 cartuchos calibre 9mm, 2 celulares y ropas varias.
Enterada la Fiscalía de los resultados, dispuso la conducción del hombre a la Sede Letrada. Realizada la instancia en el Juzgado Penal de 11° Turno fue dispuesta la condena de J.E.S.C. como autor de un delito de porte de arma de fuego en lugares públicos, un delito de disparo de arma de fuego y un delito de tráfico interno de municiones, todos en reiteración real entre sí, a la pena de diez (10) meses de prisión, pena a cumplir en régimen de libertad a prueba bajo las siguientes condiciones:
1) residir en un lugar determinado donde sea posible la supervisión por la Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida y no modificar su domicilio sin dar previo aviso a la Sede Judicial.
2) sujetarse a la orientación y vigilancia permanentes de la referida Oficina.
3) presentarse una vez por semana en la Seccional Policial del domicilio fijado.
4) cumplir tareas comunitarias una vez por semana durante dos horas cada vez.
5) prohibición de comunicación y acercamiento en un radio de 500 metros hacia él denunciante y el lugar del hecho.