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Comisión de Ética del Partido Colorado señala que Peña incurrió en una conducta indebida para su trayectoria y cargo

La Comisión Asesora de Ética y Conducta Política del Partido Colorado (PC) señaló que el ex ministro de Ambiente, Adrián Peña incurrió en “en una conducta impropia, no esperable dada su trayectoria, capaz de afectar la credibilidad sobre su gestión personal, y con eventuales consecuencias limitadas, sobre el prestigio y la trayectoria partidaria”.

Peña se había presentado ante la Comisión tras reconocer que no era “Licenciado en Administración”, como se había mencionado en algunas ocasiones, aunque culminó los estudios semanas atrás. La denuncia ante la Comisión la había presentado las agrupaciones Corriente Constructora Liberal, Agrupación Libertad y Fitzgerald Cantero. 

En la comparecencia de Peña ante la Comisión destacó “su permanente adhesión a los valores éticos sustentados por el Partido, los estudios efectivamente cursados y lo que quedaba pendiente cuando la situación tomó estado público, la actitud demostrada cuando presentó renuncia indeclinable al cargo de Ministro del Gobierno”.

La Comisión consideró circunstancias para su dictamen tales como “la efectiva realización de los cursos universitarios correspondientes al título, con la salvedad mencionada”. A esto agrega el reconocimiento por parte de Peña “de la conducta errónea seguida y el sometimiento espontáneo e inmediato ante esta comisión asesora”. 

Para su dictamen la Comisión indica que “no hubo aprovechamiento material ni empleo del titulo de que se carecía, así como que no se trata de un título habilitante para el ejercicio de una actividad profesional determinada”. Tras examinar el caso se realizó el dictamen en el cual se señala que “se advierte, en la conducta seguida un rasgo de por lo menos negligencia, que habilitó a que se sustentara un aserto sobre la condición profesional, ajeno a la realidad”.

A esto agrega que “en el caso de considerarse, por parte de la autoridad competente, alguna forma de sanción en el marco de lo establecido por el artículo 139% de la Carta Orgánica, a los efectos de su justipreciación, corresponde tener en cuenta las circunstancias antes mencionadas, particularmente lá renuncia presentada a su calidad de integrante del Poder Ejecutivo. Se sugiere declarar censurables los hechos sucedidos en el pasado y el apercibimiento con relación a la trayectoria futura”.

diarioLaR

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